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¿Pueden embargar tus bienes si vives en el mismo domicilio que el deudor?

Los familiares y amigos que comparten domicilio con el deudor pueden evitar que los bienes a su nombre sean embargados.

Una duda frecuente cuando un deudor recibe notificaciones sobre un posible embargo es si los bienes de las personas que viven con él están en riesgo.

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Aunque en un principio las consecuencias cuando una persona adquiere un crédito y por diversas circunstancias no puede pagarlo solo impactan su historial crediticio, conforme pase el tiempo y el adeudo se incremente presentarse un embargo.

Un embargo de bienes ocurre cuando un despacho de cobranza busca cubrir el pago de la deuda con los bienes que se encuentran en el domicilio del implicado, sin importar a quién pertenecen. Incluso el juez puede ordenar embargar la vivienda donde reside aún y cuando el deudor no sea el dueño.

¿Cómo evitar el embargo de bienes o de una vivienda no relacionados al deudor?

Cuando un juez aprueba un embargo en el domicilio del deudor, hay ciertas condiciones que deben respetarse. Por ejemplo, en caso de haber avales estos serán los responsables de pagar la deuda.

De no ser así, los familiares y amigos que comparten domicilio con el deudor pueden recurrir a la figura de “Tercería Excluyente de Dominio” en caso de que sus bienes sean recogidos durante el embargo.

En el artículo 1373 del Código de Comercio se estipula que:

“Si la tercería fuere de dominio sobre bienes muebles, el juicio principal en que se interponga seguirá sus trámites y la celebración del remate únicamente podrá ser suspendida cuando el opositor exhiba título suficiente, a juicio del juez, que acredite su dominio sobre el bien en cuestión, o su derecho respecto de la acción que se ejercita. Tratándose de inmuebles, el remate sólo se suspenderá si el tercero exhibe escritura pública o instrumento equivalente, inscritos en el Registro Público correspondiente”.

Dicho en otras palabras, el embargo y remate de bienes se suspenderá si los terceros afectados logran comprobar ante el juez que lo embargado no es propiedad del deudor, garantizando así que esta sustracción no afecte a los familiares o amigos que habitan el mismo domicilio.

Ya que el proceso para que el juez ordene una orden de embargo no es rápida, se recomienda contar con la asesoría de un abogado cuando no se es el aval o deudor solidario para que sus pertenencias sean respetadas si viven en un domicilio que puede ser embargado.