El pago o reparto de utilidades 2022 se realiza durante los meses de mayo y junio. Sin embargo, no todas las empresas están obligadas a ello. ¿De cuáles se trata?
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Si bien el pago y reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores, no todas las empresas tienen porque realizarlo. Esto está establecido en el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, en donde se señala que hay empresas exentas de esta obligación por los siguientes motivos:
- Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas.
- Empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.
- Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- Empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
Cada caso podrá revisarse de manera total o parcial y podrán no hacer el pago de utilidades siempre y cuando existan las circunstancias económicas que lo justifiquen.