POLíTICA

Avanza en el Senado reforma sobre etiquetado frontal de alimentos y bebidas

Aprueban en comisión del Senado minuta que reforma la Ley General de Salud, que permitiría un etiquetado frontal de bebidas y alimentos

La Comisión de Salud del Senado de la República, que preside el senador Miguel Ángel Navarro Quintero, aprobó la minuta que reforma la Ley General de Salud, en materia de sobrepeso, obesidad y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

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En un comunicado, se explicó que el objetivo es establecer un etiquetado eficaz que permita a los consumidores tomar decisiones informadas respecto a su alimentación.

Además, reducir las brechas en el acceso a la información entre los diversos grupos socioeconómicos para comparar entre productos alimenticios de una misma categoría y elegir las opciones más saludables.

Navarro Quintero destacó que el dictamen plantea implementar un etiquetado frontal de advertencia como un mecanismo de prevención y promoción de la salud contra la epidemia actual de sobrepeso y obesidad.

Dijo que es importante regular el etiquetado para garantizar al consumidor el derecho a la información para tomar decisiones más críticas, protegerlos de engaños y desestimular la compra de productos no saludables.

Un etiquetado nutricional efectivo, indicó, debe aplicarse a los alimentos procesados y ultra procesados, incluyendo bebidas; también tiene que incluir un sistema que proporcione información de forma rápida y sencilla; advertir sobre el alto contenido en nutrientes asociados al problema de salud por azúcar, grasa y sal; estar acompañada de campañas dirigidas a promover una compra más crítica.

Además, precisó que es fundamental complementarlo con medidas de prohibición de uso de imágenes, colores y elementos gráficos que generen confusión o influyan en la elección, sobre todo de los infantes.

Aunado a ello, debe servir para impulsar a otras políticas regulatorias, como restricción del márquetin, prohibición de venta y expendio en escuelas, unidades de salud y ambientes de trabajo, puntualizó.

Previamente, la Comisión avaló modificar el artículo 61, de la Ley General de Salud, a efecto de establecer que para prevención y detección de las enfermedades hereditarias y congénitas.

Para ello se aprobó que se incluya la aplicación de la prueba del tamiz metabólico ampliado, que deberá contener el diagnóstico de enfermedades por depósito lisosomal.

También aprobaron otro dictamen que reforma la fracción 3 Bis, del artículo 61, de la Ley General de Salud, para que se realice el diagnóstico oportuno y tratamiento temprano de la encefalopatía hipóxico-isquémica.

Este padecimiento es una lesión de nacimiento causada por privación de oxígeno y un limitado fluido de sangre al cerebro del bebé.

Con información de Notimex

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