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CRIMEN Y SEGURIDAD

¿Qué sanción podría recibir la persona que grabó a policías de Ecatepec teniendo sexo?

Se desconoce si los policías presentarán una demanda por la violación a su intimidad sexual.

La persona que grabó sin su consentimiento a unos policías de Ecatepec teniendo sexo podría ser sancionada.

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El pasado viernes 23 de julio, mientras estaban en su horario laboral y portando su uniforme, una pareja de policías de Ecatepec, en el Estado de México, estacionaron su patrulla en un terreno baldío cercano a Nezahualcóyotl para tener relaciones sexuales.

La escena fue grabada por un ciudadano y tras su difusión en redes sociales, ambos elementos recibieron una sanción por “incumplimiento del régimen disciplinario” y fueron cesados de sus puestos.

Sin embargo, este caso abrió un debate sobre la posibilidad de que la persona que grabó y distribuyó el video de los policías reciba una sanción. De acuerdo a la Ley Olimpia, o al Artículo 166 del Código Penal, en lo que respecta a la violación de la intimidad sexual, se señala que:

“Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización”.

Además de castigar a todo aquel que…

“Videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización”.

Por lo tanto, la persona que grabó el video podría hacerse acreedora a una pena que va de tres a seis años de cárcel, y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).

Se desconoce si los policías implicados presentarán una demanda por la violación a su intimidad sexual y la distribución del contenido sexual íntimo.