CIUDAD DE MÉXICO, México, sep. 09, 2014.- A pesar de la oposición de la mayoría de los ministros, el Pleno de la Suprema Corte dejó vigente una disposición electoral que establece que en la elección de senadores, en caso de un empate, cuando la diferencia entre el primero y el segundo lugar, sea menor al 1 por ciento de la votación, no se abrirán todos los paquetes electorales para hacer el recuento de los votos, solo se abrirá una muestra del 10 por ciento de los paquetes, y de ahí se obtendrá al ganador.
Les faltó un voto para declararlo inconstitucional.
Los paquetes que serán abiertos se seleccionaran de forma aleatoria, es decir, sólo se extraerá una pequeña muestra, a partir de un método estadístico.
Siete de los 11 ministros que integran el Pleno de la Corte aseguraron que el artículo 44 de la Ley General de Procedimientos Electorales es inconstitucional porque al permitir la apertura sólo de una pequeña muestra del total de los paquetes electorales no se tiene claridad de quién es el candidato ganador.
Margarita Luna Ramos, Ministra de la SCJN, comentó que no nos da certeza para poder determinar quién es el ganador, y esto además violenta el voto de quienes lo emitieron en favor de determinado candidato, porque el 90% de las otras casillas, queda sin abrirse, y si la diferencia es tan corta, pues la certeza no nos la puede dar el 10% de las que se habla.
El tema de la apertura de los paquetes electorales para el recuento de los votos fue impugnado por el PRT y el PT en las acciones de inconstitucionalidad que presentaron en contra de la reforma electoral.
Durante 3 sesiones consecutivas los ministros discutieron este tema. En una primera votación, una mayoría de 7 ministros se inclinó por declarar inconstitucional el artículo impugnado.
Ante la ausencia del ministro Sergio Valls, el jueves pasado decidieron posponer la resolución.
La ley establece que para declarar inconstitucional una disposición legal es necesario contar con 8 votos.
Este martes, se incorporó el ministro Valls a las sesiones del Pleno; su voto fue a favor del artículo impugnado.
Sergio Valls, ministro de la SCJN: Yo estaría en contra ministro presidente.
En otra votación, el Pleno de la corte determinó que el Congreso de la Unión es el único que tiene facultades para legislar en materia de coaliciones de partidos políticos
BLR