SCJN invalida restricción electoral

CIUDAD DE MÉXICO, México, sep. 8, 2014.-El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un artículo de la Ley General de Partidos Políticos que establece que cuando un elector marque en la boleta electoral el logo de dos o más partidos políticos  que conformen una coalición ese voto no se tomará en cuenta para la repartición de los diputados y senadores plurinominales.

 

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena afirmó que el legislador no puede manipular de forma libérrima la voluntad política de un ciudadano al grado de fragmentarla y sólo considerar válida aquella parte que estime conveniente y desechar aquella que no.

 

Los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT) presentaron acciones de inconstitucionalidad para impugnar el artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos. Los quejosos aseguraron que el artículo viola el derecho de los partidos políticos a tener legisladores de representación proporcional, es decir, senadores y diputados plurinominales.

 

Este lunes, los ministros estimaron que  esa restricción que estableció el Congreso de la Unión en la reciente reforma electoral viola la Constitución.

 

El ministro Alberto Pérez Dayan dijo que esta disposición no cumple con los estándares de la democracia y reduce injustificadamente el acceso a estas listas de representación proporcional.

 

La ministra Margarita Luna Ramos señaló que viola el principio constitucional de que todo voto, ya sea en su forma activa o pasiva, debe ser considerado de forma igualitaria.

 

Por mayoría de votos, 9 a favor y uno en contra, el pleno de la Corte concluyó que en caso de coaliciones, cuando en una boleta electoral se marquen dos o más emblemas, ese voto sumará para todos los partidos políticos que integren la coalición y de esta forma se hará el conteo para la repartición de los legisladores plurinominales de esa coalición.

 

En otra votación, los ministros declararon constitucional que para conformar una coalición o frente, los partidos políticos de nueva creación tienen que esperar a que concluya una elección federal o local en la que hayan contendido solos.

 

Este martes concluirán la discusión de las impugnaciones a la reforma electoral.

 

 

CPS