SCJN avala que PGR solicite extinción de bienes del narcotráfico

CIUDAD DE MÉXICO, México, sep. 3, 2014.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que la Procuraduría General de la República (PGR), está legitimada para impugnar las sentencias de los jueces que les nieguen la solicitud de extinción de dominio de un bien inmueble propiedad de la delincuencia organizada.

 

Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro José Ramón Cossío, la Primera Sala amparó a la PGR para que pueda solicitar la extinción de dominio de un inmueble propiedad de Carlos Sotelo Luviano, uno de los operadores del grupo delictivo “Los Zetas”, quien fue detenido en enero de 2010.

 

Tras demostrarse sus vínculos con la delincuencia organizada, la PGR solicitó la extinción de dominio de un inmueble que se localiza en “Paseo de Limoneros”, un fraccionamiento exclusivo en Cuernavaca, Morelos.

 

En 2012, el juez federal negó la extinción de dominio. Inconforme, la PGR impugnó.

 

Este miércoles, los ministros le dieron la razón a la PGR. Concluyeron que el Ministerio Público de la Federación sí tiene legitimación para presentar amparo directo en los juicios de extinción de dominio, toda vez que es parte del litigio y representa a las víctimas.

 

La Primera Sala de la Corte también determinó que en los juicios de extinción de dominio no rige el principio de presunción de inocencia, sin embargo, el Ministerio Público está obligado a demostrar el cuerpo del delito.

 

El objetivo de los juicios de extinción de dominio es despojar de sus propiedades a la delincuencia organizada. 

 

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