Juez declara inconstitucionales artículos Ley de Movilidad del DF

CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 23, 2015.- El juez octavo de distrito en materia administrativa en el DF declaró inconstitucionales los artículos 212, 213 y 214 de la ley de movilidad para el Distrito Federal.

 

El artículo 212 establece que para realizar manifestaciones o cualquier otro tipo de concentración humana, se deberá dar aviso por escrito a la policía del DF, con 48 horas de anticipación. El juez determinó que este artículo viola la constitución porque todas las personas gozan del derecho a la libre expresión.

 

Los artículos 213 y 214 de la ley de movilidad establecen que las manifestaciones sólo podrán realizarse en calles y avenidas que no estén consideradas como vías primarias y que la policía tomará las medidas necesarias para evitar bloqueos. El juez determinó que son anticonstitucionales porque carecen de claridad en cuanto al alcance del uso legítimo de la fuerza pública.

 

El Consejo de la Judicatura Federal informó que con este amparo se protege el derecho a la libertad de expresión y de manifestación pero aclara que no autoriza el bloqueo deliberado de las vías de circulación, cometer agresiones, provocar daños patrimoniales, ni la portación de armas.

 

 

BLR