ECONOMíA

SAT verificará fabricación, transportación y comercialización de combustibles en domicilios fiscales

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá realizar visitas domiciliarias a fin de revisar que la fabricación, transportación y comercialización del combustible e hidrocarburos se realice de manera correcta, dijo en entrevista para FOROtv, Moisés Orozco García, Administrador General de Hidrocarburos del SAT.

“Al SAT se le da la facultad de acompañarse de terceros especialistas en medición y en calidad para incrementar nuestras capacidades de tomas de muestras, de verificación de los propios equipos, y en ese sentido, asegurarnos el correcto funcionamiento de todos los controles volumétricos. Adicionalmente el SAT podrá ahora hacer visitas domiciliarias, con el propósito expreso de revisar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y por último, se aumentan las sanciones asociadas al incumpliendo de estas obligaciones”, dijo.

Luego de que el Senado de la República aprobara la reforma fiscal y penal para fortalecer los mecanismos de supervisión y control en toda la cadena de producción y comercialización, Orozco García reiteró que ahora el SAT podrá tener información exacta, fidedigna y veraz sobre los volúmenes comercializados, comprados y en existencia en las distintas etapas de todo negocio petrolero.

“Eso a su vez le permite al SAT incrementar sustancialmente su capacidad de control, auditoría y verificación sobre todo la parte fiscal relacionada con los hidrocarburos”.

El Administrador General de Hidrocarburos del SAT reiteró que las tres obligaciones de los contribuyentes con esta reforma son:

  1. Adquirir los equipos de medición, que son aquellos equipos físicos que miden el flujo de los hidrocarburos, un software que registra y comunica esa información y al final se produce un registro contable, ese es la parte central de la contabilidad de esa personalidad jurídica.
  2. Los equipos deberán contar con certificados de correcta calibración.
  3. Se les obliga a tener un certificado que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero que se está comercializando.

“Esta es una reforma que abarca todo el sector de os hidrocarburos, desde la producción del petróleo y del gas natural en los pozos petroleros, hasta la venta en gasolineras o en otro tipo de distribuidores pasando por toda la cadena intermedia, es decir, en la importación, transporte, distribución y almacenamiento de los mismos, tanto del crudo y del gas natural como de los combustibles que es la parte más conocida, diésel, gasolina, turbosina o gas LP. es una reforma que abarca a todos los productos y en todos los eslabones de la cadena en el negocio”, señaló.

Las sanciones por incumplimiento de las obligaciones serían de un millón hasta tres millones de pesos, y la penal de 3 a 8 años de prisión.

“No es el Servicio de Administración Tributaria el único que incrementa sus facultades. Ahora podrá de manera preventiva cerrar temporalmente o retirar permisos de aquellos que no cumplan con las obligaciones correctas”, concluyó.

 

Con información de FOROtv

KAH