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SALUD

¿Pueden abrir todos los gimnasios de la CDMX en semáforo naranja?

Estas son las medidas que deben cumplir los clubes deportivos de la CDMX para abrir sus puertas

A partir del lunes, 29 de junio, la Ciudad de México cambia de rojo a naranja en el semáforo de riesgo epidemiológico. Aunque el riesgo de contagio de coronavirus/COVID-19 sigue siendo alto, varias actividades comerciales podrán reanudarse, incluyendo aquellas relacionadas a clubes deportivos. ¿Pero esto incluye gimnasios? Muy pocos, en realidad. En seguida te explicamos por qué.

Te recomendamos: ¿Qué actividades se reanudarán en la CDMX con el semáforo en naranja?

De acuerdo a las comunicaciones de la Secretaría de Salud, a nivel nacional varios espacios pueden operar al 50 por ciento de su aforo, siempre y cuando las entidades se encuentren en semáforo naranja. Este reglamento aplica en el caso de actividades físicas realizadas en gimnasios, albercas, centros deportivos y centros de masajes/spas.

Las autoridades de salud recomiendan que los miembros o clientes de estos establecimientos hagan citas con anticipación, de tal forma, los clubes podrán regular sus operaciones para mantener la mitad de sus capacidades ordinarias.

Ahora bien, cada entidad federativa tendrá sus propios reglamentos para que un gimnasio o un club deportivo pueda seguir operando. Los reglamentos locales son la máxima autoridad en esta materia, por lo que pueden establecer medidas más estrictas que las recomendadas por la entidad federal de salud.

Recordemos que los riesgos de contagio de covid aumentan en espacios cerrados, con poca o nula ventilación, y donde uno se expone al contacto físico de manera frecuente. Ante esta situación, los gimnasios se prestan a una propagación efectiva de coronavirus.

Ante esta situación, hay medidas adicionales que deben cumplir los gyms y los clubes deportivos para que puedan abrir sus puertas en la CDMX, incluso en semáforo naranja.

Restricciones a los gimnasios y clubes deportivos en la CDMX

Estas son las medidas correspondientes a los clubes deportivos y actividades deportivas al aire libre en la Ciudad de México.

  • Los clubes deportivos podrán operar al 30 por ciento de su capacidad.
  • No podrán operar gimnasios en espacios cerrados que dependan de la ventilación artificial.
  • Se pueden realizar actividades de manera individual, siempre y cuando se mantenga la sana distancia de 1.5 metros.
  • No podrán operar las áreas y espacios comunes cerrados y que se prestan a mucha cercanía entre usuarios (zonas de pesas, spinnings, albercas techadas, salas de usos múltiples, vestidores, baños de vapor, y clínicas de masajes y spa)
  • Solamente se podrán llevar a cabo actividades en espacios al aire libre o en áreas que cuenten con ventilación natural.
  • Deben aplicarse medidas de higiene personal tanto en usuarios como en entrenadores, incluso cuando se entrene fuera de las instalaciones.
  • Uso constante de gel antibacterial con 70% de alcohol.
  • Si presentan cualquier síntoma relacionado con cualquier enfermedad respiratoria hay que resguardarse.

Ante estas medidas, la gran mayoría de gimnasios en la CDMX (salvo por aquellos que son al aire libre) deben permanecer cerrados, así como todos los spas, baños de vapor y baños públicos.