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TRáMITES

El SAT realizó cambios en la declaración anual para personas morales

Te comentamos los cambios en el formato para realizar la declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció cambios en el formato para la declaración anual de personas morales. Te decimos en qué consisten a continuación.

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Según un documento publicado por la dependencia, hay cambios significativos en el formato que deben llenar las personas morales al presentar su declaración.

El primero de estos cambios está en la sección de ingresos. Ahora el contribuyente debe indicar si desea disminuir los ingresos o si tiene ingresos que solo se acumulan en la declaración anual.

En la sección de deducciones, se actualizó el apartado de sueldos y salarios, que incluye información del visor de nómina del patrón. Además, se creó un apartado para identificar los montos y conceptos no deducibles de nómina.

El SAT hizo cambios en el formato de la declaración anual . (Imagen: Especial)

También en esta sección, en el apartado de deducción de inversiones, se incluyó un campo para identificar lo que considera en el costo de lo vendido. En cuanto al estatus de la retención del ISR, ahora se muestra si fue pagada o no.

En la sección de determinación de impuestos, el contribuyente deberá indicar los saldos pendientes, si los hay, con la información de la declaración anual anterior; esto incluye pérdidas fiscales, estímulos, ISR por dividendos e impuesto pagado en el extranjero.

El apartado de determinación de pago también sufrió modificaciones. La sección de estímulos se debe prellenar el saldo pendiente de aplicar con la información de la declaración anual 2019. Por último, se incluyeron apartados adicionales para la deducción inmediata y para la deducción adicional de servicios de maquila.

Medidas a favor de los contribuyentes

Para beneficio de los contribuyentes, el SAT ha implementado algunos cambios en sus trámites. De forma extemporánea, por ejemplo, amplió los horarios para citas para la declaración anual de personas morales. Además, habrá jornadas extraordinarias de atención los sábados 20 y 27 de marzo.

Paralelamente, se ha abierto la opción de renovar la e.firma en línea, sin necesidad de acudir a las oficinas del SAT, si esta venció hace menos de un año.