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¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 16 de septiembre de 2022?

Quienes laboren ese día deberán recibir un pago extra  “independientemente del salario que le corresponda por el descanso”.

En el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) se contempla al 16 de septiembre como día de descanso obligatorio, por lo que deberás recibir un pago extra si ese día te toca laborar; te decimos cuánto te corresponde.

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Este viernes 16 de septiembre de 2022, millones de trabajadores en México tendrán la posibilidad de descansar de sus labores por la celebración del Día de Independencia; sin embargo, quienes tengan que hacerlo deberán recibir el doble por el servicio prestado “independientemente del salario que le corresponda por el descanso”.

Estos son los pagos establecidos por la LFT que recibe un trabajador por laborar en un día festivo:

  • El salario correspondiente por trabajar el día del descanso obligatorio – 100 %.
  • El salario doble por el servicio prestado en día feriado – 200%.

Dicho en otras palabras: si tú ganas 100 pesos al día, tu patrón deberá pagarte esa cantidad más el doble, es decir otros 200 pesos más, dando un total de 300 pesos. Así, este viernes 16 de septiembre de 2022 (y en todos los días de descanso obligatorio que te toque laborar), tus ingresos serán al triple.

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En el artículo 75 de la Ley Federal de Trabajo también se estipula que serán los empleadores y trabajadores los que determinen el número de personas que deban ir a trabajar en un día festivo, aunque si no hay un convenio, será la Junta de Conciliación Permanente o la de Conciliación y Arbitraje la que resuelva la situación.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?

  • 1 de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1 de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral

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