Inicio  /  Historias

¿Cuáles son las actividades esenciales y no esenciales por COVID-19 en CDMX?

Las actividades esenciales y no esenciales permiten una mejor organización ante las fases del semáforo COVID

La crisis sanitaria de COVID-19 ha impactado a todo el mundo. En México se llevó a cabo la estrategia del semáforo epidemiológico para determinar qué partes del país pueden mantener un ritmo de vida y actividades con mayor flujo con base en las cifras de contagio. ¿Pero cuáles son las actividades esenciales y no esenciales? A continuación te lo explicamos.

Te recomendamos: Comercios de barrio son agregados a actividades esenciales en CDMX

Actividades esenciales

De acuerdo con la Gaceta Oficial de la Consejería de la Ciudad de México, en la capital del país se considera una actividad esencial aquel tipo de trabajo que hace posible el correcto funcionamiento de la CDMX. Por tanto podrán seguir operando bajo las medidas sanitarias generales y específicas las siguientes labores:

  • Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad de México
  • Sector farmacéutico
  • Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
  • Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales
  • Elaboración y venta de pan
  • Tortillerías
  • Abarrotes, misceláneas y recauderías
  • Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico de la CDMX
  • Veterinarias y venta de alimento para animales
  • Lavanderías
  • Tintorerías
  • Jarcierías
  • Servicios de mudanza
  • Servicios de mantenimiento
  • Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
  • Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
  • Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)
  • Servicios notariales
  • Actividades del sector energético
  • Generación y distribución de agua potable
  • Industria de alimentos y bebidas
  • Mercados
  • Supermercados
  • Tiendas de autoservicio
  • Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría
  • Producción agrícola, pesquera y pecuaria
  • Agroindustria
  • Industria química
  • Servicios de mensajería y comercio electrónico
  • Servicio postal
  • Seguridad privada
  • Asilos y estancias para personas mayores
  • Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
  • Telecomunicaciones y medios de información
  • Servicios de emergencia
  • Verificentros
  • Servicios funerarios y de inhumación
  • Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales
  • Talleres mecánicos
  • Refaccionarias
  • Manejo de residuos sólidos
  • Industria de la construcción
  • Minería
  • Industria manufacturera
  • Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
  • Hoteles con un aforo máximo de 30% y únicamente con servicio de hospedaje. (Dicho porcentaje de aforo no aplica para hospedaje de personal de salud, refugiados o migrantes que estén por convenio con organismos internacionales)
  • Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad de México, previstos en el ordinal

Cabe destacar que en caso de que se requiera, también se aplicará la suspensión de algunas de estas actividades como sucedió en la CDMX durante las fiestas decembrinas.

Actividades no esenciales

Por otra parte, las actividades no esenciales que fueron consideradas así desde junio 2020 son:

  • Gimnasios
  • Albercas
  • Cines
  • Teatros
  • Bares
  • Parques de diversiones
  • Balnearios y ferias
  • Centros deportivos
  • Spas
  • Centros de masajes
  • Museos
  • Centros culturales
  • Centros comerciales
  • Centros religiosos como iglesias, templos, sinagogas, mezquitas u otros
  • Eventos masivos y recreativos como conciertos o ferias
  • Centros nocturnos como bares y salones de eventos

Algunas de estas permanecerán suspendidas hasta el 10 de enero de 2021 como lo indicó el gobierno de la CDMX en este comunicado.

Medidas de prevención

De acuerdo a la versión bis de la Gaceta Oficial citada con anterioridad, las medidas de prevención ante el COVID-19 son:

  • Uso obligatorio de cubrebocas en todo momento para el personal y asistentes durante su permanencia en las instalaciones
  • Se deberán colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes. No se permitirá la entrada a quienes presenten temperatura mayor a 37.5º C
  • Mantener la sana distancia de 1.5 metros entre personas
  • Desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto, así como las demás áreas de uso común
  • Habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida
  • Colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol
  • Privilegiar la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con inyección de un mínimo de 40% del exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. Se deberá realizar frecuentemente la desinfección y limpieza de filtros
  • Los establecimientos mercantiles cuya actividad se encuentre considerada como esencial y cuenten con una plantilla presencial de 100 o más personas por cada centro de trabajo, deberán realizar a su costa y de manera quincenal, pruebas rápidas de antígeno
  • Implementar el “Sistema para la identificación de Espacios Cerrados QR”
  • Toma de temperatura de los empleados diariamente

¿Qué actividades seguirán operando en la CDMX?

Recuerda que en CDMX a partir del 19 de diciembre solo podrán operar estos sectores:

  • Venta de alimentos, únicamente como servicios de entrega y/o para llevar
  • Servicios de salud
  • Transporte y telecomunicaciones
  • Energía, manufactura, construcción, financiero
  • Servicios funerarios
  • Venta, distribución y fabricación de medicamentos
  • Talleres de reparación y refacciones
  • Servicios tributarios
  • Relacionados a la Obra pública, seguridad y agua

Aquí podrás consultar las actividades que se reanudan con cada color del semáforo epidemiológico.