CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 19, 2015.- Por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir del próximo lunes todos los jueces del país deberán amparar a las parejas homosexuales que deseen casarse.
Este viernes se publicaron 3 jurisprudencias de la Primera Sala en el Semanario Judicial, relacionadas con el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo, las cuales son obligatorias para todos los jueces.
Se estableció que la ley de cualquier entidad federativa que considere que la finalidad del matrimonio es tener hijos y, o que defina al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer es inconstitucional.
Esto debido a que la finalidad del matrimonio es la protección de la familia, la cual no se ve afectada por las preferencias sexuales de las personas.
La Corte también estableció que no existe ninguna razón constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. Por lo que los matrimonios homosexuales deben tener acceso a beneficios materiales, como son: la deducción de impuestos, pensión por viudez, herencia y toma de decisiones médicas.
Determinó que modelos distintos al matrimonio para las parejas homosexuales, como el “régimen de convivencia”, son discriminatorios, pues crear un estado civil distinto para las parejas del mismo sexo ofende la dignidad de las personas y su integridad.
Finalmente estableció que aunque el poder legislativo, tanto a nivel local como federal, tiene libertad para legislar respecto al estado civil de las personas, esta facultad está limitada por los derechos fundamentales a la igualdad y la no discriminación.
Estas jurisprudencias no implican cambios en las leyes locales, por lo que las parejas homosexuales que deseen contraer matrimonio en algún estado que no lo permita, deberán acudir ante un juez para que les otorgue amparo que ordene al Registro Civil casarlos.
MACO