POLíTICA

Tribunal rechaza queja de la FGR contra gobernador de Tamaulipas, García Cabeza de Vaca

El juez Octavo de Distrito determinó que la causa penal podría permanecer hasta el día en que García Cabeza de Vaca deje su cargo como gobernador del estado

Con la mayoría de tres votos, el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito del estado de Tamaulipas rechazó un recurso de queja que la Fiscalía General de la República presentó contra la resolución de un juez, el cual validó que el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca permanezca en su cargo hasta que concluya su gestión, en 2022.

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En la versión pública de la resolución del Tribunal Colegiado de Tamaulipas, se explica que el pasado 24 de mayo, el Juez Octavo de Distrito de Tamaulipas resolvió un amparo a favor del gobernador del estado, García Cabeza de Vaca, en contra de la orden de aprehensión que un juez de control le concedió a la FGR para detenerlo por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

El juez Octavo de Distrito determinó que la causa penal podría permanecer hasta el día en que García Cabeza de Vaca deje su cargo como gobernador del estado.

Queja contra esta resolución

Esta resolución provocó que el pasado 3 de junio, la FGR interpusiera una queja contra esta resolución.

El Tribunal Colegiado de Tamaulipas declaró improcedente la queja de la FGR, al confirmar que habría una presunta violación a los derechos del gobernador Javier García Cabeza de Vaca.

“Se advierte que el juez de Distrito admitió la demanda constitucional atendiendo a que los actos reclamados afectan la libertad personal del quejoso y pueden ser violatorios de los derechos fundamentales contenidos en el artículo 16 Constitucional”, se lee.

También confirmó que la acusación de la FGR permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2022, cuando Javier García Cabeza de Vaca deje su cargo como gobernador.

“Ya que la propia Constitución prevé que una resolución adversa de la Cámara de Diputados no impide que una vez que el servidor público haya concluido el ejercicio de su encargo, la imputación por la comisión del delito continúe su curso”, dice el texto.

Los magistrados resolvieron este caso, el pasado 3 de septiembre.

Con información de Mario Torres

HVI