CRIMEN Y SEGURIDAD

Tribunal concede amparo a Juan Collado por presuntas violaciones al debido proceso

Por votación unánime de tres votos, los magistrados concedieron el amparo a Juan Collado para que el juez de control analice si es válida o no la denuncia que la UIF presentó contra el imputado

  • El acusado deberá permanecer en prisión preventiva, en el Reclusorio Norte

Los magistrados del Séptimo Tribunal Colegiado Penal de la Ciudad de México concedieron un amparo al abogado Juan Collado, al concluir que se violaron sus derechos al debido proceso y de defensa, contra el proceso penal que se le inició por un supuesto fraude para desbloquear más de 76 millones de euros que tiene en un banco en el principado de Andorra.

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Al ser pública la sesión, que se transmite por internet, la magistrada Antonia Herlinda Cuevas argumentó que se advertían violaciones a las formalidades del procedimiento en la etapa inicial de la investigación.

“En este proyecto… se advierte violación a las formalidades de procedimiento en la etapa inicial de investigación ya que el juez de control responsable aún cuando tiene facultades para asignar a los hechos materia de la formulación de la imputación una clasificación legal diferente a la propuesta por el ministerio público… al no haber respetado el derecho de defensa del imputado de alegar lo que a sus intereses conviniera sobre la nueva clasificación de los hechos con apariencia de delito de fraude específico… es por ello que se propone revocar la sentencia recurrida, conceder el amparo para efectos”, dijo Antonia Herlinda Cuevas, magistrada del Séptimo Tribunal Colegiado Penal del Primer Circuito.

La magistrada presidenta del Séptimo Tribunal Colegiado Penal, Lilia Mónica López explicó que el juez de control reclasificó los delitos de administración de justicia y tráfico de influencias, por el de fraude en contra de Juan “N”, sin que se le notificara al imputado ni a su defensa, lo que derivó en una violación al debido proceso.

Deberá permanecer en prisión preventiva

“Aquí como podemos advertir la imputación que lleva el ministerio público ante el juez de control fue por los hechos que configuran o posiblemente configuran los delitos de administración de justicia y tráfico de influencias, el juez de control como ya se ha destacado reclasificó los hechos por la diversa figura típica de fraude específico… pues no dio cumplimiento a lo dispuesto por la última parte del artículo 316 del código nacional de procedimientos penales que implica que se dé a conocer al imputado y también a su defensa, este cambio de clasificación de los hechos previo a que se le vincule a proceso y en este punto, pues advertimos que claramente no fue así con la vulneración al debido proceso, sino inclusive al principio de contradicción que debe regir para estos casos”, dijo Lilia Mónica López, magistrada presidenta del Séptimo Tribunal Colegiado Penal del Primer Circuito.

Por votación unánime de tres votos, los magistrados concedieron el amparo a Juan “N”, para que el juez de control analice si es válida o no, la denuncia que la UIF presentó contra el imputado.

El imputado deberá permanecer en prisión preventiva, en el Reclusorio Norte.

Con información de Mario Torres

HVI