POLíTICA

TEPJF sancionó a Cuauhtémoc Blanco por violar ley electoral

Los hechos ocurrieron el pasado 11 de octubre y fueron denunciados por el Partido Acción Nacional

La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sancionó al Gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, por haber violado la ley y la Constitución al acudir el 11 de octubre pasado a un acto de campaña del entonces candidato del Partido Encuentro Social, Daniel Andrade, a la presidencia municipal de Huejutla de Reyes, Hidalgo.

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El Partido Acción Nacional promovió la denuncia ante el tribunal luego de que el gobernador de Morelos participó en un mitin del candidato del Partido Encuentro Social, siete días antes de la elección en la que resultó ganador.

“Es existente la infracción consistente en la vulneración a los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral atribuida a Cuauhtémoc Blanco Bravo, gobernador del Estado de Morelos / Es inexistente la infracción de uso indebido de recursos públicos atribuida al Gobernador del Estado de Morelos. Es existente la sanción atribuida a Daniel Andrade Zurutuza, entonces candidato a presidente municipal de Huejutla de Reyes, Hidalgo”, Rubén Jesús Lara Patrón, presidente de la Sala Especializada del TEPJF.

Con el voto a favor de tres magistrados presentes en la sesión la sanción fue aprobada por unanimidad.

“Estoy convencido de que en este caso hay una sanción atribuible a estos dos funcionarios públicos, al gobernador constitucional del Estado de Morelos y al presidente municipal”, Luis Espíndola Morales, Magistrado.

“Desde mi punto de vista claro que está acreditada la infracción y es la infracción por parte del gobernador de Morelos quien viola con esta participación el artículo 134 de la Constitución, la mesura, la auto contención y por supuesto no utilizar, no utilizarse para beneficiar a una candidatura”, Gabriela Villafuerte, Magistrada.

En la sesión, los magistrados declararon inexistentes las infracciones denunciadas por el Partido Acción Nacional contra Morena por los promocionales “salario mínimo TV” y salario mínimo radio, al considerar que no incurren en actos anticipados de campaña, calumnia y uso indebido de la pauta.

Señalaron que los spots muestran posicionamientos emitidos en términos genéricos amparados en la libertad de expresión.

Sobre la denuncia que presentó el partido Morena contra Movimiento Ciudadano por el promocional denominado “Cambios” difundido en radio y televisión, por incurrir supuestamente en actos anticipados de campaña y calumnia, el proyecto que fue aprobado por unanimidad declaró inexistentes las infracciones denunciadas.

Determinaron que el spot denunciado expone un posicionamiento ideológico y una crítica genérica propia de Movimiento ciudadano, encaminado a exigir un cambio a la situación actual del país sobre lo que se considera que se está haciendo incorrectamente, en relación a la pandemia causada por el COVID-19.

La sesión se realizó de manera virtual.

Con información de Juan Sebastián Solís

DMGS