El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la expulsión del Partido Acción Nacional (PAN) de Ernesto Cordero, Eufrosina Cruz y Jorge Luis Lavalle luego de que, durante la pasada elección presidencial, los militantes de Acción Nacional externaran su apoyo a candidatos distintos a los del blanquiazul.
Los magistrados ordenaron a la Comisión de Justicia del partido analizar cada uno de los casos de manera particular.
A nuestro juicio no se pronunció esta sobre la adecuación de la conducta denunciada a la norma partidista de forma individualizada. De hecho, las consideraciones que estableció la responsable únicamente atienden de forma genérica y quizá con alguna imprecisión, la conducta calificada justamente. Y tampoco analiza específicamente la forma en la cual se rebasa de manera particular los límites a la libertad de expresión”, señaló Felipe de Mata Pizaña, magistrado del TEPJF.
En respuesta, el PAN precisó que la determinación del tribunal tiene como efectos devolver los expedientes a la Comisión de Justicia del partido para que emita una nueva resolución en cada caso, lo que significa que mientras la Comisión de Justicia no resuelva de nuevo las impugnaciones, sigue firme la sanción de expulsión impuesta por la Comisión de Orden.
Por otro lado, durante la sesión de este miércoles, la Sala Superior del TEPJF desechó juicios presentados contra el llamado acuerdo mordaza, que se aprobó en la Cámara de Diputados por el cual se redujo el tiempo de presentación de iniciativas en tribuna.
El Tribunal Electoral consideró que es un asunto que escapa de la materia electoral y forma parte del derecho parlamentario.
La impugnación se dirige contra un acto de derechos parlamentario administrativo cuyo examen no está sujeto a control judicial por parte de este Tribunal Electoral. Su emisión tiene sustento en el artículo 77 Constitucional, conforme al cual cada una de las cámaras puede, sin la intervención de la otra, dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior, acuerdos parlamentarios, entre otras”, señaló Indalfer Infante, magistrado del TEPJF.
En otro asunto, los magistrados del Tribunal Electoral, confirmaron que Ricardo Anaya, calumnió a José María Riobóo durante el tercer debate presidencial al sugerir que el empresario participó en actos de corrupción.
Las expresiones utilizadas en el trascurso de este debate presidencial entre uno de los candidatos intentaron, de alguna manera, generar una imagen por lo menos imprecisa de una particular, además no presente en el mismo ya que le imputaba la participación en el delito de corrupción, por ende, si hubo una afectación a la honra de este ciudadano”, detalló Janine Otálora Malassis, magistrada presidenta del TEPJF.
Ricardo Anaya tendrá que pagar una multa de 16 mil 120 pesos por la infracción.
Con información de Jessica Murillo
MAP