POLíTICA

TEPJF prohíbe contenidos de promoción de logros de gobierno y promoción en mañanera de AMLO

Los criterios establecidos están dirigidos a todos los gobernadores y servidores públicos del país

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), emitió nuevos criterios para realización y transmisión de la mañanera, que funcionarios públicos y concesionarios de radio y televisión deberán seguir en las campañas electorales que iniciarán este domingo 4 de marzo.

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La Sala Superior consideró necesario ofrecer certeza ante la novedosa forma de comunicación que el Presidente de la República lleva a cabo en sus conferencias de prensa, conocidas como “mañaneras”.

Los criterios sin embargo están dirigidos a todos los gobernadores y servidores públicos del país.

Entre esos criterios se encuentran:

  1.  Durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral del 2021, los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios tienen prohibido difundir propaganda gubernamental por cualquier medio o modalidad de comunicación social,  como son entrevistas y conferencias de prensa, en ninguna de las entidades federativas por estar llevándose a cabo comicios federales pueden hacerlo, salvo que se trate de las excepciones constitucionales de propaganda gubernamental, tales como: servicios educativos de salud o las necesarias de protección civil en los casos de emergencia, entre otros casos permitidos constitucionalmente.
  2.  En caso de que los gobiernos y sus funcionarios no puedan garantizar la no difusión de conferencias de prensa con propaganda gubernamental en las entidades federativas con campañas electorales en curso, o bien decidan difundirlas por considerar que no contiene propaganda gubernamental, la información que se emita en dichas conferencias deberá cumplir con las siguientes características:

Primero: la información deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos, que puedan ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien, elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

Segundo: En cualquier momento de las conferencias, incluido el periodo de preguntas y respuestas, los funcionarios públicos deberán abstenerse de difundir logros de gobierno e incluso emitir información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

Tercero: La información generada durante las conferencias de prensa organizadas por funcionarios públicos, en todo momento deberán tener fines informativos, por lo que no permite la promoción o la justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos, ya sea local o federal de alguna administración específica.

Así mismo, se emitieron nuevos criterios para los concesionarios de radio y televisión.

La sentencia fue aprobada por unanimidad.

Con información de Claudia Flores

GANR