POLíTICA

TEPJF determina que el PAN usó indebidamente tiempos oficiales

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) condenó la manipulación de materiales periodísticos para elaborar promocionales de radio y televisión por parte de los partidos políticos.

Janine Otálora Malassis, presidenta de la Sala Superior del TEPJF, explicó que “se utilizan en forma editada y descontextualizada diversos fragmentos de los programas noticiosos de dos periodistas, para reforzar la idea de la existencia de ataques y de que la información no era cierta. Con lo anterior se buscó desacreditar ante la ciudadanía la labor periodística de El Universal y de quien realizó la nota correspondiente, al pretender dar la idea de que lo publicado no es producto de un ejercicio periodístico genuino”.

Este planteamiento fue expresado durante la discusión de la queja que interpuso el periódico El Universal contra el Partido Acción Nacional (PAN), por un spot en el que Ricardo Anaya presume que un juez le dio la razón por la denuncia que puso contra las publicaciones de su presunto enriquecimiento inexplicable.

El magistrado, José Luis Vargas Valdés, expuso:

Si bien pueden incluir imágenes de comunicadores o de noticias en medios impresos, así como hacer uso de la información que difunden en los medios de comunicación, deben tener un especial cuidado y diligencia, atendiendo a la protección especial de la que gozan los periodistas de este país”.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el Partido Acción Nacional usó indebidamente los tiempos en radio y televisión oficiales.

Los magistrados recordaron que, por ley, los promocionales deben ser usados para la difusión de asuntos partidistas y alertaron sobre el riesgo de inhibir la labor periodística.

Resulta constitucionalmente inadmisible que un instituto político use las pautas electorales para debatir públicamente con un medio de comunicación aspectos difundidos por éste que pudieran ser incómodos a él o a uno de sus dirigentes o integrantes, porque ello también pudiera dar lugar a disuadir la labor informativa que desarrollan de manera profesional los medios de comunicación al amparo de la libertad de expresión”, señaló el magistrado, Vargas Valdés.

La sentencia del máximo Tribunal en materia electoral ordena a la Sala Regional Especializada emitir una nueva resolución sobre el caso que contemple sanciones para el PAN, por el uso indebido de la pauta en radio y televisión.

 

Con información de Arturo Cerda.

 

RMT