CRIMEN Y SEGURIDAD

Senado aprueba reformas en materia de extinción de dominio

El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad cambios a la minuta de reforma a los artículos 22 y 73 de la Constitución en materia de extinción de dominio, enviada por la Cámara de Diputados.

Ahí se establece que la extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil, autónomo del penal.

Las autoridades competentes de los distintos órdenes de Gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función.

Los senadores ampliaron el catálogo de delitos en los que procede la extinción de dominio.

Los detalló en la tribuna el coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal.

Se establece en el catálogo de delitos, en los que se enmarcan las actividades que más benefician a la delincuencia organizada y se refiere de manera concreta a delitos cometidos por actos de corrupción, hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, recursos de procedencia ilícita como el lavado de dinero y la extorsión, este catálogo se agrega a los delitos que ya existen en el 22 constitucional que son delitos graves como trata de personas, daños contra la salud en sus modalidades distintas, encubrimiento, también se agrega el delito cometido por servidores públicos y existe el de secuestro, es muy importante la reforma”, detalló Ricardo Monreal.

Se aclaró que toda persona que se considere afectada deberá tener garantía de acceso a los medios de defensa adecuados para demostrar la procedencia legitima del bien sujeto al procedimiento.

La minuta fue devuelta a la Cámara de Diputados para su ratificación.

SCJN avala que PGR solicite extinción de bienes del narcotráfico

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que la Procuraduría General de la República (PGR), está legitimada para impugnar las sentencias de los jueces que les nieguen la solicitud de extinción de dominio de un bien inmueble propiedad de la delincuencia organizada, el 3 de septiembre de 2014

Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro José Ramón Cossío, la Primera Sala amparó a la PGR para que pueda solicitar la extinción de dominio de un inmueble propiedad de Carlos Sotelo Luviano, uno de los operadores del grupo delictivo “Los Zetas”, quien fue detenido en enero de 2010.

Tras demostrarse sus vínculos con la delincuencia organizada, la PGR solicitó la extinción de dominio de un inmueble que se localiza en “Paseo de Limoneros”, un fraccionamiento exclusivo en Cuernavaca, Morelos.

En 2012, el juez federal negó la extinción de dominio. Inconforme, la PGR impugnó.

Este miércoles, los ministros le dieron la razón a la PGR.

Concluyeron que el Ministerio Público de la Federación sí tiene legitimación para presentar amparo directo en los juicios de extinción de dominio, toda vez que es parte del litigio y representa a las víctimas.

La Primera Sala de la Corte también determinó que en los juicios de extinción de dominio no rige el principio de presunción de inocencia, sin embargo, el Ministerio Público está obligado a demostrar el cuerpo del delito.

El objetivo de los juicios de extinción de dominio es despojar de sus propiedades a la delincuencia organizada.

Con información de Claudia Flores
BLR