POLíTICA

Senado aprueba reformas a la Ley de Aviación Civil

Luego de aprobarlas tal como las recibió de la Cámara de Diputados, el pleno del Senado avaló el paquete de reformas en materia de Aviación Civil para proteger los derechos de los usuarios y las envió al presidente, Enrique Peña Nieto, para su promulgación.

Las nuevas disposiciones permitirán indemnizar a los pasajeros, cuando por responsabilidad de las líneas aéreas, sus vuelos sean demorados o cancelados.

Por ejemplo, si se presentan demoras de más de cuatro horas o se cancela el vuelo, la aerolínea tendrá las siguientes obligaciones:

  • Reembolso equivalente al cien por ciento del costo del boleto.
  • Indemnización que nunca podrá ser menor al 25 por ciento del precio del boleto.
  • Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envió de correos electrónicos, alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta que suba en otro vuelo, alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y en este último caso facilitará el transporte terrestre de ida y vuelta al aeropuerto.
  • Transporte en fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino donde iba a viajar en el vuelo cancelado.

También se prevé que, si por causas de fuerza mayor, la aeronave debe realizar un aterrizaje en un lugar distinto al de destino, la aerolínea deberá trasladar al pasajero por los medios de transporte más rápidos disponibles hasta el lugar de destino original.

El pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique a la aerolínea 24 horas antes.

Para viajes nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno, una maleta de hasta 25 kilos.

En la cabina, el pasajero podrá llevar dos piezas más como equipaje de mano, el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilos.

Si el pasajero decide viajar sin equipaje, la aerolínea podrá ofrecerle una tarifa preferencial en su beneficio.

Estas reformas obligan a brindar facilidades para el traslado de niños menores de dos años, personas con discapacidad y adultos mayores.

El transporte de animales domésticos en las aeronaves será efectuado, en todo momento, con un trato humanitario, es decir, en condiciones que no le provoquen sufrimiento, dolor y la producción de traumatismos, precisa la nueva disposición legal.

Cuando la aerolínea expida boletos en exceso, deberá solicitar voluntarios que renuncien a tomar ese vuelo a cambio de beneficios.

Cuando haya sobreventa, las personas adultas mayores, los menores no acompañados, las mujeres embarazadas y las personas con alguna discapacidad tendrán preferencia.

El Ejecutivo federal y la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) tendrán seis meses después de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para elaborar las normas oficiales mexicanas necesarias.

Las aerolíneas comerciales tendrán que adecuar sus procedimientos a las nuevas disposiciones en un plazo no mayor de tres meses.

 

Con información de Claudia Flores.

 

RMT