CRIMEN Y SEGURIDAD

Senado aprueba reforma que define hostigamiento y acoso sexual

El Pleno del Senado de la República aprobó una reforma que define con precisión la diferencia entre hostigamiento y acoso sexual, en el artículo 13 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Por unanimidad, durante la sesión ordinaria de este jueves, los senadores determinaron que el hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral, escolar, docente, doméstico o cualquier otro en el que exista subordinación.

El hostigamiento se expresa con conductas verbales, físicas o ambas, independientemente de que se realice en uno o varios eventos relacionados con la sexualidad de connotación lasciva.

En tanto, el acoso sexual es una forma violenta en la que, si bien no existe subordinación, hay un ejercicio de abuso de poder, en el que se percibe un ambiente hostil que puede desencadenar en intimidación, condicionamiento o humillación y que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Martha Elena García, senadora panista, señaló que “la intención de este dictamen es fortalecer las figuras del hostigamiento y el acoso sexual, las cuales constituyen, sin duda alguna, una de las peores formas de violencia en contra de las mujeres en este país, porque suelen naturalizarse como parte de una cultura en donde predomina el machismo”.

Angélica de la Peña, senadora del Partido de la Revolución Democrática (PRD), explicó que es relevante “que en el caso de acoso sexual haya una ampliación del concepto, para que no quede ningún ámbito en donde se pueda estar padeciendo el acoso sexual”.

En las consideraciones del proyecto de decreto, se señala que el acoso sexual puede presentarse de distintas maneras, como el chantaje cuando se condiciona a la víctima con la consecución de un beneficio laboral para que acceda a comportamientos de connotación sexual.

También es acoso sexual un ambiente laboral hostil con situaciones de intimidación o humillación hacia la víctima.

La minuta se devolvió a la Cámara de Diputados.

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Con información de Sarahí Méndez.

 

RMT