POLíTICA

Senado aprueba Ley de Movilidad; establece obligatoriedad del alcoholímetro en todo el país

La legislación establece la obligatoriedad del alcoholímetro en todo el país

  • También fija controles de velocidades máximos: en calles secundarias y terciarias no se pasará de 30 kilómetros por hora. En avenidas primarias sin acceso controlado la velocidad será de 50 kilómetros por hora

El Senado de la República aprobó la expedición de una nueva Ley General de Movilidad y Seguridad.

Busca generar una mejoría en las condiciones de tránsito y disminuir muertes por accidentes viales.

“Buscamos el tema central, disminuir las muertes por accidentes viales por medio de la concientización, no hay mejor política pública que la prevención, estamos en esta ley obligando a los gobiernos estatales para que hagan campañas de información, de concientización, para que quienes usamos vehículos seamos respetuosos”, indicó Cesar Craviotto, senador por Morena.

El dictamen retiró la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil para los automovilistas.

“Acerca del seguro de responsabilidad, finalmente, la discusión versó en una discusión entre las opciones de facultativo obligatorio, pero el acuerdo es seguir en esta discusión y en esta ley no hablar del seguro porque finalmente ya hay quince entidades que cuentan con seguro de daños a terceros”, señaló Patricia Mercado, senadora de MC y presidenta de la Comisión de Movilidad.

La legislación establece la obligatoriedad del alcoholímetro en todo el país.

Fija controles de velocidades máximos: en calles secundarias y terciarias no se pasará de 30 kilómetros por hora. En avenidas primarias sin acceso controlado la velocidad será de 50 kilómetros por hora.

En carriles centrales de avenidas de acceso controlado el límite máximo será de 80 kilómetros por hora y en carreteras estatales fuera de zonas urbanas será de 80 kilómetros por hora y en zonas urbanas será de 50 kilómetros por hora.

La norma será de orden público e interés social y de observancia general en todo el país.

“En promedio en México desde el año 2015, se registran 378 mil 504 siniestros de tránsito por año, los cuales ocasionan alrededor de 16 mil muertes, es decir, 44 defunciones diarias. Cuatro de cada 10 personas fallecidas en el país por siniestros viales son peatones, pero si se suman las muertes de todos los usuarios vulnerables como peatones, ciclistas, motociclistas son siete de cada 10″, destacó Xóchitl Gálvez, senadora del PAN.

Se establece una jerarquía de la movilidad: personas peatonas, personas ciclistas y personas usuarias de vehículos no motorizados, personas usuarias y prestadoras del servicio de transporte público de pasajeros, personas prestadoras de servicios de transporte y distribución de bienes y mercancías y personas usuarias de vehículos motorizados particulares.

La nueva ley de movilidad fue aprobada con 104 votos a favor y 2 abstenciones.

La minuta se envió a la Cámara de Diputados para su ratificación.

SENADORES APRUEBAN CASTIGAR HASTA CON 7 AÑOS DE PRISIÓN A QUIENES TOMEN CASETAS Y COBREN EL PEAJE

Por otra parte, los senadores también aprobaron con 75 votos a favor, 12 en contra y 3 abstenciones reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación para castigar hasta con 7 años de prisión a quienes tomen casetas y cobren el peaje.

La toma de casetas ahora será un delito agravado, así como el llamado boteo en ellas.

Esta reforma fue enviada al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.

Con información de Claudia Flores

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