Rescindir relación laboral de 20 años de antigüedad debe ser por causas graves y justificadas: SCJN

La SCJN resolvió que para terminar una relación laboral de 20 años de antigüedad, el patrón está obligado a expresar la causa grave que la motiva y que hace imposible continuarla, para que el trabajador pueda preparar su defensa.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que al rescindir la relación laboral de trabajadores con una antigüedad mayor a 20 años, el patrón está obligado a expresar en el aviso correspondiente la causa grave que la motiva y que hace imposible la continuación de la relación de trabajo.

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La SCJN indicó que aviso de rescisión no sólo debe contener la fecha y causa que la motivan, sino que ha de precisar, además, las razones por las que considera que la falta cometida es  grave o que hace imposible la continuación de la relación de trabajo, a fin de que el trabajador tenga conocimiento de ellas y pueda preparar su defensa, no solo respecto de la existencia de la causa, sino de esas consideraciones que la califican como particularmente grave.

El aviso de rescisión debe contener la mención de su causa o causas jurídicas, hechos o conductas que actualizan precisamente los supuestos legales de que se trate y la fecha en que se cometieron, las razones por las que se considera que a falta es particularmente grave o que hace imposible su continuación en el trabajo, la fecha a partir de la cuál tendrá efectos la rescisión, pues de otra forma no cumplirá con su propósito.

Con información de la SCJN.

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