POLíTICA

SCJN protege fuero de jueces y magistrados de Michoacán

La SCJN consideró que los Congresos de los estados no pueden retirar el fuero que protege a los jueces y magistrados locales pues se afecta la independencia judicial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma legislativa del estado de Michoacán que desapareció el fuero para funcionarios del Poder Judicial en la entidad.

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La mayoría de los ministros, consideró que los Congresos de los estados no pueden retirar el fuero que protege a los jueces y magistrados locales pues se afecta la independencia judicial.

“Se afecta significativamente la independencia de los tribunales pues expone a estos a presiones externas provenientes del sistema penal, lo que puede dar lugar a que se inhiban en el ejercicio de su función, ya sea porque los titulares de la función judicial sean constantemente asediados por acusaciones penales fundada o infundada o porque el temor a ello los lleve a auto inhibirse”, señaló Norma Lucia Piña Hernández, ministro de la SCJN.

“Impartir justicia no es una actividad menor ni mucho menos comparable con cualquier otra actividad del servicio público, impartir justicia implica que en la mayoría de los casos, al menos, la decisión que se tome causará descontento en al menos una de las partes, de ahí que deba protegerse la función y no a los juzgadores”, refirió Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN.

Durante la sesión virtual de este martes, los ministros Yasmín Esquivel Mossa y Arturo Zaldívar votaron en contra de la propuesta de declarar la invalidez de la norma.

“A mí me parece que no hay ninguna violación al principio de independencia judicial y tampoco es una reforma regresiva, ¿qué sucedería si el día de mañana a los ministros y ministras de la Corte nos quitan la inmunidad procesal? ¿Por eso se afectaría nuestra independencia? ¿Se afectaría la Convención Interamericana de Derechos Humanos? Yo creo que no, definitivamente y categóricamente yo creo que no”, destacó Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

La invalidez de la norma fue propuesta por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Con información de Jessica Murillo.

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