SALUD

SCJN invalida sanciones contra personas con discapacidad que no usen cubrebocas en NL

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó con el análisis de Ley Estatal de Salud de Nuevo León, que establece el uso obligatorio del cubrebocas durante emergencias sanitarias como la de covid

  • Los ministros definirán si establecen que se mantiene la norma vigente hasta que se haga la consulta y se legisle nuevamente, a fin de mantener a salvo que las personas con discapacidad no son sujetas de sanción

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó con el análisis de Ley Estatal de Salud de Nuevo León, que establece el uso obligatorio del cubrebocas durante emergencias sanitarias como la de covid.

Este jueves, los ministros invalidaron una porción del artículo 129 que señala a las personas con discapacidad intelectual, por no haberlas consultado a través de sus organizaciones representativas.

“No podemos, nosotros, avalar una legislación donde no tenemos certeza que todas las personas con discapacidad hayan podido expresar cuáles son sus necesidades particulares… Hay algunos tipos de discapacidad, por ejemplo, donde es muy complicado, incluso, el uso de cubrebocas. Y precisamente, para todo esto es que son las consultas… Hacer una consulta no necesariamente implica que se va a llevar demasiado tiempo. Si hay eficiencia y efectividad en las y los legisladores, pues realmente se puede hacer de manera muy expedita, sin quitarle profundidad”, dijo Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

La mayoría de los ministros consideraron que la norma es inaplicable, aun cuando que excluye de sanciones a las personas con discapacidad.

“Al margen de que a ellas no les van a imponer una sanción, lo cierto es que la norma, sí, tiene una consecuencia con relación a ellas y es lo que está presuponiendo, porque ‘presupone’, como lo dice el proyecto, que todas las personas con discapacidad intelectual no tienen ninguna capacidad de tomar sus propias decisiones y crea una omisión homogénea de un grupo y replica estereotipos, lo que en un contexto normativo no es ni siquiera aceptable, y ¿por qué digo esto? Porque, como dijo el Ministro Laynez, no es que no sólo es que no lo sancionen, sino que dicen que será responsabilidad de los padres de familia, tutores, representantes legales o quienes tengan a su cargo su guarda, custodia o cuidado”, detalló Norma Lucía Piña Hernández, ministra de la SCJN.

Durante la próxima sesión, los ministros definirán si establecen que se mantiene la norma vigente hasta que se haga la consulta y se legisle nuevamente, a fin de mantener a salvo que las personas con discapacidad no son sujetas de sanción.

Con información de Jessica Murillo

HVI