SCJN avala que aspirantes a candidatos independientes soliciten derecho de réplica

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó en su sesión de este martes con la revisión de la constitucionalidad de la Ley en materia de Derecho de Réplica.

En los temas electorales, los ministros decidieron invalidar una parte del artículo 3º de ese ordenamiento y establecieron que podrán ejercer el derecho de réplica los aspirantes a candidatos independientes registrados ante el Instituto Nacional Electoral (INE) y no sólo candidatos y precandidatos de partidos políticos, como se había previsto originalmente.

También corrigieron que, en materia electoral, el derecho de réplica sólo podría ser ejercido por el afectado.

Aprobaron ampliar esa facultad a otras personas que también podrán hacerlo valer en su representación.

Además, se modificó que no sólo en campañas y en precampañas se considerarán todos los días y horas hábiles para que puedan ejercer el derecho de réplica sino en todo el proceso electoral, esto es, agregaron en la etapa de preparación de la elección, la intercampaña, el periodo de veda y| el día de la jornada electoral.

“El daño que se puede generar no es nada más en campañas y precampañas”, indicó Fernando Franco, ministro de la SCJN.

“Sí sería discriminatorio no incluir a los aspirantes a candidatos independientes, simplemente el momento que estamos viviendo ahora en nuestro país, nos damos cuenta como todos ellos están inmersos en una dinámica para tratar de conseguir firmas y tener la legitimidad o legitimación para poder estar en la contienda electoral”, destacó Arturo Zaldivar, ministro de la SCJN.

En otro tema, el pleno de la Corte confirmó, en una votación cerrada, el artículo 19 de la Ley en materia de derecho de réplica.

Ahí se establece que los medios de comunicación no estarán obligados a conceder derecho de réplica cuando se trate de información oficial que en forma verbal o escrita emita cualquier servidor público.

“No es correcto que se establezca esto en función de quien difunde la noticia, sino de quien la genera, de la fuente que establece la exactitud o inexactitud de la información que después se va a difundir por distintos medios, de hecho, en la corrección de la fuente hace que inclusive todos los demás medios puedan corregirla”, indicó Luis María Aguilar, presidente de la SCJN.

En cuanto al procedimiento para hacer valer el derecho de réplica, los ministros resolvieron que bastará con que el sujeto aludido con una información falsa o inexacta lo solicite por sentirse agraviado para que proceda sin que deba demostrarse si le ocasionó perjuicio.

Esto porque en el derecho de réplica no puede exigirse reparación del daño, eso solo procedería en un juicio penal o civil.

Por otro lado, el pleno de la Corte dejó claro que los medios que transmiten información por internet también son sujetos obligados de esta ley.

El máximo tribunal continuará su discusión este jueves y resolverá, por ejemplo, si los partidos y candidatos deberán acudir ante jueces de distrito o ante tribunales electorales para solicitar el derecho de réplica.

Con información de Claudia Flores.

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