POLíTICA

Ríos Piter gana amparo para uso lúdico de marihuana

Por primera vez en la historia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros de la primera sala otorgaron un amparo que permite la adquisición de semillas de marihuana para consumo y cultivo lúdico.

Los ministros analizaron un amparo que, en el 2017, promovió el senador con licencia Armando Ríos Peter, luego de que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) le negó un permiso para pudiera consumir marihuana con fines recreativos y para que pudiera sembrar, cultivar, preparar, poseer, transportar e importar o adquirir semillas de marihuana.

A propuesta del ministro José Ramón Cossío, los ministros analizaron el contenido de cinco artículos de la Ley General de Salud y determinaron que éstos son inconstitucionales por limitar de forma innecesaria y desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Sin embargo, el máximo tribunal del país aclaró que esta declaratoria de inconstitucionalidad no supone realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación o distribución de la marihuana.

También aclaró que, en este caso, el senador con licencia no podrá hacer uso de este derecho frente a menores de edad, ni en lugares públicos o donde haya terceras personas que no autoricen su consumo.

Este sería un tercer amparo que los ministros conceden para el consumo lúdico de la marihuana.

Sin embargo, la diferencia con los otros dos casos es que, en este amparo, el senador con licencia Ríos Piter solicitó se le autorizara adquirir la semilla de la marihuana, por lo que también se le concedió este derecho.

Los ministros determinaron que la prohibición de adquirir la semilla de marihuana también violaba el libre desarrollo de la personalidad y que su adquisición no producía una afectación a la salud.

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Con información de Mario Torres.

LLH