POLíTICA

Alcaldes no pueden portar la banda presidencial, resuelve la Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el presidente de México es la única persona facultada para portar la banda presidencial, por lo que bajo ningún motivo podrán hacerlo los gobernadores o presidentes municipales.

Por mayoría de cuatro votos, los ministros de la Primera Sala negaron un amparo al presidente municipal de San Salvador el Seco, Puebla, José Román Bartolo Pérez, quien en 2014 portó la banda presidencial durante la celebración del grito de Independencia.

El alcalde argumentó que, al ser electos por el voto popular, los presidentes municipales tenían el mismo derecho que el presidente para portar la banda presidencial, además de que se trata de un acto que fomenta la solidaridad nacional y la conciencia de libertad y soberanía.

Sin embargo, los ministros aclararon que esto es incorrecto, ya que el presidente de la República es el único que puede portar la banda presidencial, al tratarse de una forma de presentación de la Bandera Nacional que es emblema del presidente, quien encabeza la administración pública federal, tiene a su cargo la jefatura de Estado y comanda la totalidad de las Fuerzas Armadas.

También dieron la razón al juzgado federal que previamente revisó el caso y sentenció que: “Si bien los Ayuntamientos, entre otros servidores públicos, tienen el deber legal de promover, en el ámbito de sus competencias, el culto a los símbolos nacionales, ello no llega al extremo de que cualquier autoridad pueda portar la banda presidencial a efecto de incentivar respeto y culto a tales símbolos”.

 

Con información de Carolina Altolaguirre.

LLH