La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un precepto de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México que permitía a la brigada de vigilancia animal entrar a un lugar cerrado sin orden judicial al existir flagrancia.
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La SCJN determinó que el precepto, al regular aspectos relacionados con la investigación de delitos, invadía la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para expedir le legislación única en material procedimental penal, establecida en el artículo 73, fracción XXI, inciso C, de la Constitución.
El fallo de la SCJN se da tras una impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Con información de Noticieros Televisa.
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