POLíTICA

¿Qué es la prisión preventiva oficiosa? Sin ella podrían ser liberados 92 mil crimínales: SSPC

Ricardo Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana, indicó que si la Suprema Corte determinará invalidar un artículo constitucional, esta sería la primera vez en la historia de México que el Poder Judicial se erige sobre un poder constituyente

  • El subsecretario aseguró que la Suprema Corte no puede legislar, invalidar, inaplicar algún artículo de la Constitución Mexicana

Ricardo Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), dijo que la prisión preventiva oficiosa pretende proteger a la víctima y a su familia de su agresor, además evita que los presuntos delincuentes se sustraigan de la acción de la justicia o se den a la fuga, y aseguró que sin ella podrían ser liberados 92 mil crimínales.

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“Si se elimina la prisión preventiva, como lo pretenden los proyectos hoy en discusión en la Suprema Corte, no solamente se volvería a la ‘puerta giratoria’, sino que podríamos hablar ahora de una puerta abierta, porque 92 mil personas que hoy en México están sujetos a prisión preventiva por delitos graves, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros delitos, o también delincuentes de cuello blanco, podrían solicitar mediante amparo ser excarcelados”, declaró Mejía Berdeja en la conferencia mañanera, encabezada por AMLO, desde Palacio Nacional.

El funcionario federal señaló que la prisión preventiva oficiosa también evita que los delincuentes amenacen y atenten contra testigos durante las diferentes etapas del proceso penal, prevé la comisión de futuros delitos en contra de la sociedad y evita la reincidencia.

El subsecretario de Seguridad federal aseguró que, si la Suprema Corte determinará invalidar un artículo constitucional, esta sería la primera vez en la historia de México que el Poder Judicial se erige sobre un poder constituyente e invalida un artículo de carácter constitucional.

“La Corte solamente puede invalidar leyes que atenten contra la Constitución, el único que puede reformar la Constitución, según el artículo 135 de nuestra carta magna, es el poder constituyente permanente, que está integrado por las dos cámaras del Congreso de la Unión y por las 32 legislaturas de los estados… la Suprema Corte no puede legislar, invalidar, inaplicar algún artículo de nuestra Constitución”, explicó Ricardo Mejía Berdeja.

El subsecretario de indicó que el amparo en revisión que la Suprema Corte va a resolver tiene que ver con un amparo promovido por Brandon Alexis ‘N’, y Alejandro ‘N’, hermano y tío de Óscar Andrés, alías ‘el Lunares’, líder del grupo criminal la “Unión Tepito“.

Estas dos personas promovieron que se inaplique el artículo 19 constitucional para que no se les aplique la prisión preventiva oficiosa y en virtud de poder salir en libertad.

A continuación, te compartimos el video de la conferencia mañanera de AMLO de hoy.

Con información de N+.

RAMG