CRIMEN Y SEGURIDAD

Petroleros expulsan a Romero Deschamps; eligen nuevo líder sindical

La expulsión se concretó por voto libre, directo y secreto, aunque no se precisó el lugar donde se llevó a cabo el evento ni quién lo convocó

Trabajadores petroleros de las 36 secciones del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) expulsaron de sus filas al dirigente Carlos Romero Deschamps.

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La expulsión del líder sindical, quien es investigado por lavado de dinero y enriquecimiento ilícito, se habría concretado durante una Convención Extraordinaria efectuada este miércoles.

La expulsión se concretó por voto libre, directo y secreto, aunque no se precisó el lugar donde se llevó a cabo el evento ni quién lo convocó.

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Los empleados también desconocieron las decisiones de la Convención de 2017, en la que se reeligió a Romero Deschamps un año antes de que terminara su mandato.

De acuerdo a información del periódico Excélsior,  los agremiados eligieron a Sergio Carlos Morales como nuevo líder petrolero, quien enviará toda la documentación de los resolutivos de la Convención para solicitar la toma de nota, para lo cual tiene 10 días, mientras que la Secretaría contará con cinco días para decidir.

En un comunicado el Sindicato de Trabajadores Petroleros señaló:

En relación a la suspensión definitiva otorgada al líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), Carlos Antonio Romero Deschamps, se precisa lo siguiente:

Dicha medida se concedió porque varios de los jueces que el quejoso señaló como responsables no rindieron el informe previo que el Juez de Distrito solicitó, dentro del plazo perentorio que la Ley de Amparo establece. De modo que, ante la ausencia de esos informes, de acuerdo a la propia legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas y pronunciarse respecto de la suspensión solicitada; que es lo que hizo el juez de amparo.

La resolución incidental es clara en señalar que la suspensión concedida no surtirá efectos si los delitos imputados al quejoso merecen prisión preventiva oficiosa.

La misma resolución precisa que si el quejoso no comparece ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión concedida dejará de tener efectos.

Con información de Notimex y STPRM.

LLH