POLíTICA

TEPJF rechaza fotocopias como apoyos ciudadanos para independientes

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó, por unanimidad, que las fotocopias que han presentado los aspirantes a candidatos independientes sean validadas como apoyos ciudadanos para cumplir con el requisito numérico que deben recabar de acuerdo con la ley electoral.

Solo podrán ser validados por la autoridad los respaldos obtenidos mediante la presentación de la credencial de elector original. Janine Otálora, la presidenta del TEPJF, explicó que los lineamientos del INE establecen con claridad los requisitos que deben cumplir los aspirantes y éstos tienen obligación de conocerlos si desean participar en la contienda.

Con esta sentencia, el máximo tribunal en materia electoral busca también preservar los datos personales de los ciudadanos que aparecen en el padrón y la lista nominal de electores, destacó.

Es preservar la utilización de los datos personales y preservar también en su caso la usurpación de la voluntad de los ciudadanos, ya que no está acreditada al carecer del elemento certero de que se tuvo a la vista la original de la credencial de elector. La exigencia de que quien otorgue su apoyo a través de la aplicación móvil presente el original de la credencial para votar es un elemento esencial que brinda certeza al respaldo ciudadano requerido y garantiza que esté libre de sospecha, que sea realmente un apoyo autentico. En los mismos lineamientos, de manera expresa se señala que para efectos del porcentaje requerido por parte de la ley general no se computarían los apoyos de respaldo a la candidatura independiente cuando la fotografía de la credencial aparezca en blanco y negro”, dijo la presidenta del TEPJF.

El requisito de que los apoyos ciudadanos estén respaldados por credenciales de elector originales es un requisito proporcional, necesario y acorde con el fin que se busca, afirmaron los magistrados.

El punto fundamental de todo esto tiene que ver con una cuestión que está vinculada con que quien realmente obtenga ese estatus de candidato independiente sea a partir de una base de apoyo ciudadano real y efectiva y de cierta manera no simulada”, dijo Josè Luis Vargas, magistrado del TEPJF.

Esta sentencia del TEPJF se aplicó a un ciudadano que buscaba una candidatura independiente para diputado. Le faltaron 38 apoyos ciudadanos para alcanzar el requisito legal y poder obtener la candidatura. Tenía 697 fotocopias que buscó fueran consideradas como apoyos válidos, pero el Tribunal dejó claro que no son procedentes en este, ni en ningún otro caso.

Con información de Claudia Flores

MLV