POLíTICA

TEPJF niega tiempos oficiales para spots de Armando Ríos Piter

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la decisión del director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de negar la asignación de tiempos oficiales en radio y televisión para la transmisión de promocionales de Armando Ríos Piter, aspirante a candidato independiente a la Presidencia, en el periodo de intercampañas.

La sentencia que aprobaron por unanimidad los magistrados indicó que la Constitución no contempla esa posibilidad para los aspirantes a candidato y ni siquiera para los candidatos de partidos.

Indalfer Infante, magistrado de la Sala Superior del TEPJF, explicó que “para salvaguardar el principio de equidad durante las contiendas electorales en la fase de intercampaña, los ciudadanos que serán postulados por los partidos políticos como candidatos y los aspirantes a candidatos independientes no tiene derecho a la prerrogativa de acceso a radio y televisión en razón de que esa etapa no constituye un periodo de competencia electoral, en tanto que no se puede hacer llamamiento al voto de los militantes ni al electorado en general”.

El magistrado, Indalfer Infante, detalló que, según la ley, el periodo de intercampaña está destinado para que las autoridades electorales transmitan información referente a la organización de las votaciones.

En otro asunto, la Sala Superior dio cinco días a los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) para modificar el convenio de coalición por el que pretenden postular de manera conjunta candidatos a los 46 ayuntamientos de Guanajuato.

La Sala Regional Monterrey había revocado el acuerdo que hicieron bajo la denominación de “Por Guanajuato al Frente”, mismo nombre del convenio de coalición que hicieron junto con Movimiento Ciudadano (MC) para postular candidato a la gubernatura guanajuatense.

 

Con información de Arturo Cerda.

 

RMT