CRIMEN Y SEGURIDAD

MP podrá solicitar información de celulares en investigación por trata: SCJN

El Ministerio Público sí puede solicitar información a las empresas telefónicas y de comunicación, cuando se investigue un delito en materia de trata de personas, determinó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En el proyecto se propone reconocer la validez del precepto, al estimarse que éste se limita a establecer una facultad de mera solicitud de la intervención de comunicación, la cual no puede interpretarse de manera aislada, sino de manera sistemática a la luz del artículo 16 Constitucional, y la legislación aplicable”, detalló Alfredo Gutiérrez Ortiz, ministro de la SCJN.

En sesión ordinaria, los ministros validaron la facultad de requerir información, pero sólo de aquella que no esté sujeta a reserva judicial o a otros requisitos constitucionales, por lo que no podrá incluir la intervención de comunicaciones, ni la geolocalización.

Me parece que en una disposición que autoriza solicitar intervención de comunicaciones en términos de legislación federal o local aplicable, no da las suficientes garantías para los ciudadanos de cuál es el ámbito de competencia y si se respeta o no la Constitución; porque estas leyes, primero tendríamos que hacer un análisis si la legislación aplicable es Constitucional o no, por lo menos, en mi opinión, me parece que, por ejemplo, el Código Nacional de Procedimientos Penales que en su momento veremos, adolece quizás de algún problema de constitucionalidad en cuanto a intervención de comunicaciones privadas”, explicó Arturo Zaldívar, ministro de la SCJN.

El fallo de la Corte se dio al analizar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de diversos preceptos de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.

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Con información de Jessica Murillo

MAP