CRIMEN Y SEGURIDAD

Dan 5 años de cárcel a exministro del kirchnerismo por accidente de tren

Julio De Vido, exministro del kirchnerismo irá a prisión por accidente de tren. De Vido ocupó el ministerio de Planificación de los Gobiernos de Néstor Kirchner (2003-2007) y Cristina Fernández (2007-2015) fue condenado hoy a cinco años y ocho meses de prisión por fraude al Estado en el marco del accidente ferroviario que dejó en Buenos Aires 51 muertos en 2012.

De Vido, en prisión preventiva desde 2017 por otro caso, fue considerado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Buenos Aires autor de delitos de fraude en perjuicio de la Administración pública, pero fue absuelto de las acusaciones de supuestas imprudencias cometidas de cara al accidente, ya que bajo la órbita de la cartera que dirigía estaba el transporte de pasajeros.

La llamada “Tragedia de Once” ocurrió el 22 de febrero de 2012, cuando un tren de la línea ferroviaria Sarmiento, que conecta la capital argentina con el oeste de su conurbano, se empotró contra un andén de la estación cabecera de Once en la hora punta de la mañana.

Además de condenar al exministro a cinco años y ocho meses de cárcel, el tribunal integrado por los jueces Pablo Bertuzzi, Guillermo Costabel y Gabriela López Iñiguez, también decidió inhabilitarlo de por vida para ejercer cargos públicos.

Mientras, el segundo acusado en este juicio, el extitular de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos Gustavo Simeonoff, fue absuelto.

De Vido escuchó la sentencia por videoconferencia desde el penal de la localidad bonaerense de Marcos Paz, donde está detenido desde octubre de 2017.

Julio De Vido durante un foro en Sydney, Australia, en 2007 (Getty Images)

“Sé claramente dónde estoy y el motivo por el que estoy aquí. Es una decisión política del presidente (Mauricio) Macri expresada claramente en la apertura legislativa de 2016″, aseguró el exfuncionario esta mañana en sus últimas palabras, en las que remarcó que sufre una “perversa persecución política, mediática y judicial” y alegó que el juicio “es una consecuencia directa”.

Al condenarlo por fraude, los jueces se basan en el inciso séptimo del artículo 173 del Código Penal, que pena a quien teniendo a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes, y con el fin de procurar “para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño”, perjudique los intereses confiados.

Con información de EFE

HVI