POLíTICA

Juez otorga otras dos suspensiones provisionales contra la reforma de la Industria Eléctrica

El juez argumentó que de otorgar la suspensión de la reforma eléctrica a una sola empresa, daría una ventaja competitiva frente a los demás participantes

El juez segundo de distrito en materia administrativa especializado en competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió otras dos suspensiones provisionales contra la reforma de la Industria Eléctrica a favor de las empresas: “Compañía Eólica de Tamaulipas” y “Eólica de Oaxaca”.

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En el primer caso, el juez Gómez Fierro concedió la suspensión bajo los mismos argumentos de la semana pasada, cuando brindó otros tres amparos a diversas empresas contra la Reforma de la Industria Eléctrica, en el sentido de que los efectos de la suspensión otorgada tienen aplicación general.

El juez argumentó que de otorgar la suspensión de la reforma eléctrica a una sola empresa, daría una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria eléctrica, lo que podría ocasionar distorsiones en el mercado y afectaría la competencia, así como, el desarrollo del sector.

Mientras que, en el segundo juicio de amparo que, por separado se publicó también en la lista de acuerdos del juzgado, el juez Juan Pablo Gómez, utilizó como principal argumento el tema del COVID-19.

Se trata del juicio de amparo que presentó la empresa “Eólica de Oaxacaen contra del decreto de reforma de la Ley de la Industria Eléctrica, que se publicó el pasado 9 de marzo en el Diario Oficial de la Federación y en contra de la Comisión Reguladora de Energía.

En sus argumentos, el juez pidió a la Comisión Reguladora de Energía levantar la suspensión que ordenó para recibir trámites por la contingencia sanitaria del COVID-19, según lo publicó en el Diario Oficial el 18 de enero pasado.

El juez determinó que la industria eléctrica está considerada como actividad esencial y por lo tanto, la Comisión Reguladora de Energía no podrá negarse a atender los trámites que guarden relación con alguna de las actividades reguladas en materia de energía eléctrica.

La autoridad responsable, indicó el juez, deberá realizar las gestiones necesarias para que se dé continuidad al trámite de las solicitudes presentadas por la empresa y que tengan relación con alguna actividad regulada en el sector eléctrico.

Con estas resoluciones son ya varias empresas del sector eléctrico que obtienen una suspensión provisional en contra de la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica.

Con información de Mario Torres

GANR