POLíTICA

Juez concede amparo contra una resolución de la CRE que daba prioridad a plantas de CFE

El juez Juan Pablo Gómez Fierro concedió una suspensión definitiva a una asociación civil, en contra de las disposiciones de la Comisión Reguladora de Energía, por las cuales se daría prioridad a las plantas de la CFE para generar energía eléctrica

  • Con estos argumentos, el juez resolvió que la resolución del 31 de diciembre de 2021 de la Comisión Reguladora de Energía, no se le podrá aplicar a la Asociación Mexicana de Energía.

El juez segundo de Distrito Especializado en Competencia Económica de la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro, concedió una suspensión definitiva a una asociación civil, en contra de las disposiciones de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), por las cuales se daría prioridad a las plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para generar energía eléctrica, bajo el argumento de que la operación de las centrales eléctricas convencionales que usan combustibles fósiles, son más contaminantes y afectan la salud de las personas y del medio ambiente.

Te recomendamos: Juez concede primera suspensión definitiva del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil

El 31 de diciembre de 2021, la Comisión Reguladora de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación una resolución, por la cual se expedían las disposiciones para la eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad, seguridad y sustentabilidad del Sistema Eléctrico Nacional, conocido como “Código de Red”.

El 14 de febrero de 2022, la Asociación Mexicana de Energía interpuso un juicio de amparo en contra de esta resolución de la Comisión Reguladora de Energía.

Después de analizar los argumentos de la asociación civil, el juez decidió darle la razón a la Asociación Mexicana de Energía, al considerar que el uso de combustibles fósiles, ocasionaría una disminución de la producción de energías renovables.

Energías renovables, que según se lee en su resolución, abonan a la protección a un medio ambiente sano y a un alto nivel de salud.

“El uso de combustibles fósiles, lo que a su vez podría ocasionar que se disminuya a futuro la producción de electricidad a través de energías renovables, las cuales abonan a la protección a un medio ambiente sano y a un alto nivel de salud, ya que el aumento de la generación de este tipo de energía es un factor esencial para que la población pueda tener acceso al goce y disfrute de aquellos derechos”, aseguró.

El juez agregó además, que México firmó distintos ordenamientos jurídicos internacionales, como el “Acuerdo de París”, con los cuales se comprometió a hacer frente al cambio climático y generar energías limpias.

“Mediante el Acuerdo de París, firmado con el objeto de hacer frente al cambio climático por medio de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, México se comprometió, entre otras cuestiones, a reducir el 22% de dichos gases y el 51% de carbón negro, así como a generar el 35% de energías limpias para el 2024 y 43% para el 2030. Así, este Juzgador considera que el cumplimiento de los compromisos internacionales antes mencionados se podría ver afectado con motivo de la ejecución de los numerales que se analizan en este apartado, porque las obligaciones y reglas que ahí se contienen, en apariencia, limitan la generación de energías limpias”, detalló.

Con estos argumentos, el juez resolvió que la resolución del 31 de diciembre de 2021 de la Comisión Reguladora de Energía, no se le podrá aplicar a la Asociación Mexicana de Energía.

Con información de Mario Torres

HVI