Magistrados del TEPJF desechan demanda de regidor de BC por caso Bonilla

El argumento fue que carece de representación ante una autoridad electoral para solicitar se desconozca la reforma que se aprobó en septiembre pasado

Los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal desecharon por unanimidad la demanda interpuesta por Miguel Orea Santiago, un regidor de Baja California, quien solicitó anular el decreto de reforma al artículo 8 de la Constitución del Estado de Baja California, por el cual se amplió el periodo de 2 a 5 años para el gobernador Jaime Bonilla.

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En la sesión de este miércoles, los magistrados desecharon la demanda del regidor, bajo el argumento de que carece de representación ante una autoridad electoral para solicitar se desconozca la reforma que se aprobó en septiembre pasado, en donde se autorizaba que el gobernador Jaime Bonilla pueda ocupar el cargo hasta el 31 de octubre de 2024.

El proyecto plantea el desechamiento del medio de impugnación, porque el acto impugnado no deriva, ni está vinculado con un acto concreto de aplicación emitido por una autoridad a partir del cual se solicita la inaplicación de un precepto que se considere contrario a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, único supuesto que actualizaría la procedencia de los medios de impugnación cuyo conocimiento y resolución corresponden a las salas de este tribunal”. Berenice García, Secretaria de Acuerdos:

En septiembre pasado, los diputados del Congreso de Baja California aprobaron el decreto 351, que fue presentado por el diputado de Morena, Víctor Manuel Morán Hernández, que implicaba la reforma al artículo 8 de la constitución de ese estado, para que el gobernador Jaime Bonilla iniciará sus funciones a partir del primero de noviembre de 2019 al 31 de octubre de 2024.

Además de este recurso de impugnación, están vigentes otras demandas presentadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en donde los ministros analizarán la constitucionalidad de la llamada “Ley Bonilla”.

 

Con información de Mario Torres

KAH