Inconstitucional, prohibir que el apellido de la madre vaya primero: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves que es inconstitucional prohibir que el apellido de la madre vaya primero que el del padre en el registro de un hijo en la Ciudad de México.

La Corte determinó que es inconstitucional lo que establece el artículo 58 del Código Civil para la Ciudad de México porque discrimina y disminuye el rol de la mujer en el ámbito familiar.

La SCJN concluyó que las actas de nacimiento de los menores deberán contener el orden de los apellidos elegidos por los padres de común acuerdo.

Con información de FOROtv.

FJMM