Hijos podrán decidir sobre convivencia con padres que no tienen su custodia

La Primera Sala de la SCJN resolvió que los menores tienen derecho a manifestar su opinión respecto a la convivencia con el padre que no tiene su custodia

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por unanimidad, que los menores tienen derecho a manifestar su opinión respecto a la convivencia con el padre que no tiene su custodia.

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La SCJN reiteró su postura sobre el interés superior del menor, en el sentido de atender a su opinión de si desea o no convivir con el progenitor, una vez que éste corrija algunos comportamientos incorrectos y dañinos para la convivencia familiar.

Los ministros determinaron que se puede modificar el régimen de convivencia decretado, por lo que el juez familiar escuchará nuevamente a los menores y a los padres, a fin de conocer la problemática familiar, para evaluar la opinión del menor y resolver sobre el derecho de convivencia con el progenitor no custodio, con las debidas garantías de apoyo.

El juez familiar podrá determinar las medidas necesarias para facilitar un régimen de convivencia del menor con el padre que no tiene la custodia, de acuerdo a las particularidades del caso concreto, esto en el contexto familiar, estado psico-emocional de las partes y especialmente la estabilidad del menor.

Con información de la SCJN.

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