TEPJF: Moreno Valle no incurrió en promoción personalizada al acudir al INE

El pasado 6 de diciembre el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, acudió al Instituto Nacional Electoral (INE), junto con tres funcionarios del estado, para presentar un recurso jurídico en contra de las medidas cautelares que había decretado la Comisión de Quejas del INE por la entrevista que le realizó el periodista Joaquín López-Dóriga en el programa Chapultepec 18.

Un ciudadano de nombre Alan Alejandro Osorio Colmenares presentó una impugnación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, argumentando que la asistencia del gobernador Moreno Valle al Instituto Nacional Electoral, el 6 de diciembre, constituyó un acto proselitista que violenta el proceso electoral del 2018 al hacerse promoción personalizada.

Este miércoles la sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró inexistentes los presuntos delitos electorales reclamados en la impugnación.

No se trató de un acto proselitista ni de promoción personalizada con recursos públicos, concluyeron los magistrados por unanimidad.

“El gobernador de Puebla acudió a las instalaciones del INE a ejercer un medio de defensa, protegido por qué nuestro artículo 17 de la Constitución es claro al establecer que toda persona tiene derecho a acudir a los tribunales a exigir justicia, no tenemos elementos de promoción personalizada, claro, estuvieron presentes los medios de comunicación, sí, pero eso de suyo no trae como consecuencia un acto de promoción personalizada”, dijo la magistrada Gabriela Villafuerte Coello.

Los magistrados coincidieron en que el gobernador ejerció su derecho a defenderse y no llamó al voto ni tuvo ninguna otra conducta que pudiera considerarse proselitista.

“Porque no es un acto proselitista, no tiene esta naturaleza, sino tiene una naturaleza de defensa personal, me parece que no resulta aplicable alguna restricción a la asistencia del gobernador”, subrayó la magistrada Araceli Yhalí Cruz Valle.

“Se declaran inexistentes las infracciones sujeto del presente procedimiento especial sancionador atribuidas a Rafael Moreno Valle, gobernador del Estado de Puebla”, determinó el presidente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral, Clicerio Coello Garcés.

Explicaron los magistrados que con esta sentencia se dejan a salvo “los derechos del actor” para que, en su caso, pueda acudir a solicitar la aplicación de la justicia ante cualquier instancia.

Con información de Santos Briz.

AGHO