CRIMEN Y SEGURIDAD

Bloqueo de cuentas no implica una sanción penal: Santiago Nieto

El derecho a la intimidad es más reducido para servidores públicos dijo el titular de la UIF

Santiago Nieto precisó que el bloqueo de cuentas de servidores públicos investigados no implica una sanción penal, sino un acto administrativo de una medida precautoria para impedir que el dinero presuntamente obtenido de forma ilícita se vaya al sistema financiero

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El derecho a la intimidad es más reducido para servidores públicos

El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda, Santiago Nieto, se manifestó a favor de que prevalezca el criterio de acceso al derecho a la información, por encima del derecho que tienen los servidores públicos al honor o la intimidad cuando son denunciados.

Mi punto de vista es que en el caso de los servidores públicos, por voluntad propia decidieron estar en la esfera pública, por tanto su umbral al derecho al honor o a la intimidad es más reducido”, dijo Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP.

Al participar en el Seminario Justicia Constitucional y Parlamento Abierto organizado por el INAI, el funcionario se manifestó porque se debata públicamente la polémica que hay en torno a los derechos que tienen los servidores públicos cuando son acusados.

Evidentemente la presunción de inocencia es un elemento fundamental, sin embargo, cuando una persona se sustrae de la acción de la justicia la pregunta es: si, digamos, este derecho de corte fundamental tiene que ser absoluto en todas las dimensiones. Yo tengo mis dudas, yo creo que los derechos fundamentales no son absolutos, todos los derechos tienen restricciones y cuando chocan con otros derechos, como puede ser el acceso a la información pública”, dijo Santiago Nieto.

 

Con información de Guadalupe Flores

HAVJ