SALUD

Relación entre empresas y trabajadores durante emergencia sanitaria por coronavirus

Durante la emergencia sanitaria por el coronavirus, las empresas no están autorizadas a despedir o disminuir el salario del trabajador, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo

El Gobierno de México declaró el lunes por la noche el estado de emergencia sanitaria a causa del coronavirus.

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El decreto incluye un endurecimiento de las medidas obligatorias para controlar la propagación del COVID-19 en el país, como la suspensión de las actividades públicas no prioritarias hasta el 30 de abril.

Pero, ¿qué implica esto para empresas y trabajadores?

La Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional exhorta a todos los sectores en el país, principalmente a las empresas privadas, a que detengan la mayor parte de sus actividades.

“Los servicios no esenciales de los sectores social y privado deberán adoptar de inmediato modalidades de teletrabajo, trabajo a distancia o análogos, sin que las actividades de sus trabajadores impliquen un acto presencial”, señaló el acuerdo que se tomó en el Consejo de Salubridad General.

Esta medida no autoriza que se justifique el despido o la disminución del salario del trabajador, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo.

Los patrones que hagan caso omiso de estas medidas, podrían tener desde sanciones administrativas hasta responsabilidades penales.

Para aquellas empresas que tengan actividades esenciales tendrán que aplicar algunas medidas para seguir operando.

La más importante, que no haya más de 50 personas congregadas, además, deben seguirse implementado las medidas de sana distancia que fueron recomendadas por la Secretaría de Salud.

Los trabajadores que se dedican a actividades esenciales, y que forman parte de un grupo de riesgo deben quedarse en casa, entre ellos, se consideran por ejemplo a las personas mayores de 60 años, aquellos, que padecen una enfermedad renal, diabetes o hipertensión.

El gobierno ha dispuesto que tanto la Secretaría de Economía como la Secretaría del Trabajo, deberán responder las inquietudes tanto de los patrones como de los empleados, para proteger sus derechos laborales.

Algunos números telefónicos a los que pueden recurrir para solicitar información o presentar una queja son:

Atención Ciudadana 5520005290/ 5520005300 ext.64394

Secretaría del Trabajo 5520-00-5290

Secretaría de Economía 800-08-32666

Procuraduría de la Defensa del Trabajo 800-717-2942 y 800-911-7877

Con información de Karina Cuevas

LSH