CRIMEN Y SEGURIDAD

Conductores que no pasen el alcoholímetro pueden salvarse del ‘Torito’

La resolución de la Corte sienta jurisprudencia por lo que este criterio deberá aplicarse en todo el país

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantizó el derecho de audiencia previa a conductores que rebasen los niveles de alcohol permitido en el alcoholímetro y así se pueden salvar de ir al “Torito”.

Te recomendamos: Fortalecerán aplicación del alcoholímetro y protección a policías en CDMX

El momento oportuno para otorgar el derecho de audiencia previa, se actualiza cuando el presunto infractor se encuentra en las instalaciones del juez calificador”, informó Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la SCJN.

¿Qué significa? Que las personas que hayan conducido en estado de ebriedad podrán defenderse ante la autoridad administrativa, previo a ser ingresadas al “Torito”.

Sin embargo, esta audiencia sólo podrá ser celebrada cuando un médico legista avale que el infractor ya está en condiciones para ser escuchado.

La resolución de la Corte sienta jurisprudencia por lo que este criterio deberá aplicarse en todo el país.

Con información de Jessica Murillo

HAVJ