CRIMEN Y SEGURIDAD

Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas agiliza operación del fondo de ayuda

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (Ceav) realizó modificaciones a sus reglas de operación para agilizar el funcionamiento del fondo de ayuda, la asistencia y la atención.

La Ceav detalló a través de un comunicado que armonizaron las reglas de operación del fondo a la reforma a la Ley General de Víctimas publicada el pasado 3 de enero, a fin de incorporar los criterios favorables a las víctimas que contiene la reforma, lo que permitirá que el fondo de ayuda opere de manera efectiva, eficiente y oportuna.

Agregó que se amplía el concepto de ayuda, a fin de abarcar los gastos de ayuda inmediata, ayuda, asistencia, atención y rehabilitación.

La institución explicó que a partir de las presentes Reglas, los recursos de ayuda se podrán entregar a la víctima, de manera anticipada o vía reembolso; o bien, cuando la víctima así lo solicite, se podrán entregar a prestadores de bienes y servicios, o a personas físicas y morales, en su nombre y representación.

Indicó que se retoma de la LGV que las medidas de ayuda se otorguen hasta que la víctima supere las condiciones de necesidad que tengan relación con el hecho victimizante, suprimiendo de los actuales Lineamientos cualquier candado de temporalidad.

Se prevén disposiciones que flexibilizan la comprobación de los recursos de ayuda, a través de los documentos idóneos a consideración de la Ceav y la previsión de que el 25% total de los gastos no estará sujeto a comprobación.

Se incrementan los montos para las medidas de alojamiento, alimentación y los gastos funerarios. Asimismo, para los traslados se hace referencia a los Lineamientos publicados por la CEAV el pasado 26 de mayo, los cuales incrementan los montos de ayuda para transportación, hospedaje y alimentación y flexibilizan los requisitos para su acceso.

Se eliminan trámites que los anteriores lineamientos señalaban a cargo de las víctimas, por ejemplo, las becas ante la SEP y el alojamiento y alimentación ante el DIF, los gestionará directamente la Ceav.

Se prevé el acceso a los recursos del fondo para víctimas del fuero común en los casos en que la Ceav ejerza la facultad de atracción que le confiere el artículo 88 Bis de la LGV, o bien, cuando soliciten apoyo a las Comisiones de Víctimas locales.

Se reducen los plazos para la entrega y dispersión de los recursos del fondo y del fondo de emergencia, y se prevé la operación de mecanismos para que en casos urgentes se entreguen recursos con cargo al fondo de emergencia en fines de semana o días festivos.

La aprobación de estas herramientas jurídicas busca reducir los plazos para la entrega y dispersión de los recursos y se prevé la operación de mecanismos para que en casos urgentes se entreguen recursos de emergencia en fines de semana o días festivos.

BLR

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