CRIMEN Y SEGURIDAD

Aumentan penas por violación en trasporte público de CDMX

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se publicó el decreto que reforma los artículos 160 y 162 del Código Penal para la capital

A partir de este viernes 7 de febrero entrarán en vigor dos reformas al Código Penal de la Ciudad de México que castigarán con más años de prisión, la violación y la privación de la libertad de los pasajeros que viajen en transporte público o en taxis de apps.

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En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se publicó el decreto que reforma los artículos 160 y 162 del Código Penal para la capital.

Actualmente el artículo 160 indica que el delito de privación de la libertad se castiga con una pena que oscila entre los 6 meses y 3 años de prisión; y que la pena aumenta, cuando este se realiza con violencia, cuando la víctima es menor de edad, mayor de 60 años o cuando esté en situación de inferioridad física o mental.

Sin embargo, a partir de este viernes, se incluye la privación de la libertad contra los pasajeros que viajen en transporte público o taxis privados.

Incluso, este delito se castigará con más años de prisión, cuando la o las víctimas viajen en un transporte público o en un vehículo particular que sea solicitado a través de una plataforma digital.

Por otra parte, el artículo 162 del mismo Código Penal castiga con una pena que oscila entre los 4 y 7 años de prisión a quien prive de la libertad a una persona para realizar un acto sexual.

Pero a partir de este viernes, este delito se castigará con más años de prisión cuando ocurra en vehículos destinados al transporte público o en transportes privados que son solicitados a través de plataformas tecnológicas.

En caso de que el autor del delito deje en libertad a las víctimas en las 24 horas siguientes, sin haber practicado el acto sexual, se le impondrá una pena de uno a 3 años de prisión y anteriormente se castigaba con una pena que oscilaba entre los 3 meses y 3 años de cárcel, y además, se estableció que este delito será investigado de oficio, es decir, no se requiere de una denuncia penal, lo que anteriormente no ocurría, pues hasta este jueves se requiere de una querella para iniciar la carpeta de investigación.

Con información de Mario Torres.
FJMM