POLíTICA

Cardenal Juan Sandoval Iñiguez violó principio de separación Iglesia- Estado: TEPJF

En otro asunto resuelto por la Sala Superior, los magistrados ordenaron al INE que sea su Consejo General y no su representación jurídica o la Comisión de Fiscalización, el órgano que resuelva la petición de Morena para devolver recursos de su gasto ordinario correspondiente al 2021 para que se compren vacunas

  • Por otro lado, el TEPJF ordenó a la FGR que entregue al INE información que le había negado para resolver asuntos de fiscalización

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el cardenal Juan Sandoval Iñiguez y el padre Mario Ángel Flores, quien fuera rector de la Universidad Pontificia de México, violaron el principio de separación Iglesia- Estado durante el las elecciones 2021.

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Sin embargo, no violaron el periodo de veda electoral que impone la ley.

Así lo explicó el magistrado presidente, Reyes Rodríguez, al resolver el recurso promovido por Morena, en la sesión pública de este miércoles.

“Aunque no solicitaron expresamente a votar en contra de una fuerza política, sus expresiones de manera clara e inequívoca fungen como equivalentes funcionales de esa solicitud; es decir, en sus mensajes se advierte de manera evidente, la intención de influir en el voto de la ciudadanía en contra de una fuerza política específica y plenamente identificable. Además, se trató de manifestaciones que trascendieron a un medio de comunicación masiva, como las redes sociales. Nuestra Constitución limita la intervención de ministros de culto en la materia electoral, en concreto se les prohíbe realizar proselitismo a favor o en contra de algún partido político”, indicó Reyes Rodríguez, presidente del TEPJF.

En otro asunto resuelto por la Sala Superior, los magistrados ordenaron al Instituto Nacional Electoral (INE) que sea su Consejo General y no su representación jurídica o la Comisión de Fiscalización, el órgano que resuelva la petición de Morena para devolver recursos de su gasto ordinario correspondiente al 2021 para que se compren vacunas.

Por otro lado, ordenó a la Fiscalía General de la República (FGR) que entregue al INE información que le había negado para resolver asuntos de fiscalización y que la Fiscalía tiene en 4 carpetas de investigación abiertas.

Finalmente, en otro tema, el TEPJF resolvió que los posicionamientos sobre el proceso de revocación de mandato, atribuidos a la organización “Sí por México”, están amparados por la libre expresión.

Con información de Claudia Flores

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