La Asamblea Legislativa aprobó modificaciones al Código Penal de la capital del país para sancionar con hasta siete años de cárcel y multa de mil días a quién venda alcohol o drogas a menores de edad en sitios públicos.
Hasta ahora el Artículo 185 de ese ordenamiento sólo hablaba de eventos, reuniones y convivios al interior de inmuebles particulares.
Se busca reducir los índices de corrupción que existe en aquellos espacios que de manera cotidiana las y los adolescentes de nuestra ciudad acuden, como los tianguis, las famosas chelerías, bailes, eventos masivos, entre otros. Debido a que no existe un control en este tipo de situaciones es necesario implementar sanciones que castiguen de manera contundente a todas aquellas personas que introduzcan o proliferen el alcohol y el consumo de estupefacientes en los más jóvenes de nuestra ciudad”, señaló el diputado Carlos Candelaria.
El dictamen, elaborado por las comisiones de Administración y Procuración de Justicia y de Atención al Desarrollo de la Niñez, reconoce la vulnerabilidad de los jóvenes y por eso es necesario tomar medidas para protegerlos.
La reforma al Código Penal fue aprobada por unanimidad y enviada al jefe de Gobierno de la Ciudad de México para su promulgación.
Con información de Arturo Cerda
MAP